La circulación por el carril interior de una glorieta, sin una causa especial que lo justifique, constituye una conducta poco diligente

Negligencia del conductor del vehículo que circulaba por el carril interior de la glorieta y, con la intención de abandonarla, procedió a desplazarse hacia el carril exterior colisionando con el vehículo que circulada por él.

 

 

La cuestión controvertida se centra en determinar quién es el responsable del accidente ocurrido en una glorieta cuando el vehículo que circulaba por el carril interior intentaba abandonarla.

A diferencia de la sentencia de primera instancia, que apreció la concurrencia de culpa exclusiva del demandante, que era quien circulaba por el carril exterior, la Audiencia Provincial de A Coruña considera que la causa única y eficiente del siniestro fue la maniobra poco diligente realizada por el conductor del vehículo que circulaba por el carril interior de la glorieta y, con la intención de abandonarla, procedió a desplazarse lateralmente hacia el carril exterior por el que transitaba correctamente y en sentido circular el automóvil conducido por el demandante, interponiéndose en su normal trayectoria sin respetar la prioridad de paso que a éste le correspondía (art. 30.2 RDLeg. 6/2015, Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).

La Audiencia señala que constituye una conducta poco diligente, creadora de un riesgo adicional e innecesario, la circulación por el carril interior de una glorieta sin una causa especial que lo justifique, cuando lo normal y adecuado es hacerlo por el carril exterior, al que se accede directamente y que facilita la maniobra de salida sin peligro para los demás usuarios.

Así, circular por el carril interior de la glorieta obliga a realizar un desplazamiento lateral que implica un cambio de carril para abandonarla.

Finalmente, la Sala concluye afirmando que, aun cuando la señalización horizontal de la glorieta y la línea discontinua existente en un punto determinado de la calzada permitan al vehículo que circula por su carril interior salir de la misma, atravesando el carril exterior, ello no exonera a su conductor de la obligación de respetar en su maniobra de desplazamiento lateral y ocupación del carril exterior, la preferencia de paso que, en todo caso, corresponde al vehículo que transita por él en sentido circular.