La comunidad no responde de la muerte de un vecino en estado de embriaguez que se cayó por la escalera y atravesó un cristal de la fachada del edificio

Culpa exclusiva de la víctima. Si bien cierre de vidrio por donde se precipitó la víctima no era de seguridad, ni se ajustaba a la normativa en vigor, ésta no tiene carácter retroactivo.

Audiencia Provincial Vizcaya, Sentencia 22/2019, 24 Ene. Recurso 252/2018 

La Audiencia Provincial de Vizcaya desestima la acción de responsabilidad civil por culpa extracontractual ejercitada frente a la comunidad de propietarios en cuyo edificio falleció un vecino al caer al vacío tras atravesar un cristal de la fachada que él mismo rompió. Entiende el Tribunal que el suceso se debió única y exclusivamente a la actuación de la víctima.

El fallecido se dirigía a su domicilio subiendo por escaleras del edificio cuando cayó por las mismas y se precipitó al vacío desde el descansillo, tras romper el cristal del mismo.

Es cierto que se ignoran las circunstancias en que se produjo la caída, pero ha quedado acreditado que el difunto se encontraba en ese momento en estado de embriaguez.

Además, aunque el cierre de vidrio existente en el descansillo por donde se precipitó no era vidrio de seguridad y no se ajustaba a la normativa vigente, esta no era aplicable en la época en que se construyó el edificio y no tiene efecto retroactivo.

A la vista de todo ello la sentencia concluye que no es posible atribuir a la comunidad responsabilidad alguna por este luctuoso suceso, por cuanto el único responsable de la caída, resbalón o tropezón por las escaleras y posterior choque y rotura del cristal fue el propio fallecido, el cual, al tener más que probablemente afectadas sus facultades cognitivas por el alcohol ingerido con anterioridad, no controló suficientemente sus movimientos. Fue su conducta la causa directa de la caída pues de no haberse golpeado contra el cristal del descansillo no se hubiera producido el desgraciado accidente.

A mayor abundamiento, era perfecto conocedor del lugar en que sucedieron los hechos por vivir en el edificio desde hacía muchos años, no habiéndose producido nunca un incidente similar.