Multa de 30.001 euros al dueño de un bar por suministrar bebidas alcohólicas a menores de edad

TSJ Extremadura, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 11 Octubre 2018

No le exculpa de responsabilidad el que el menor mintiera sobre su edad, ya que su obligación legal de no servir alcohol a menores se habría cumplido solicitando el DNI.

TSJ Extremadura, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 157/2018, 11 Oct. Rec. 138/2018

Confirmada la sanción de 30.000 euros impuesta al dueño de un bar en Cáceres por el suministro de bebidas alcohólicas a tres menores.

Aunque el sancionado alegue que uno de los menores mintió sobre su edad y que aparentaba ser mayor, ello no enerva la culpabilidad por un error sufrido sobre la edad del menor, porque la Ley Extremeña de Convivencia y Ocio 2/2003 es rotunda al establecer que no se permite ninguna forma de venta, suministro o dispensación, gratuita o no, de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años, e impone a los titulares y empleados de los establecimientos el deber de asegurarse que los compradores son mayores de edad, a través de los oportunos medios acreditativos de la identidad, siendo dolo eventual o imprudencia en su grado máximo el omitir el deber de comprobación de la edad.

La obligación legal de no servir alcohol a menores de edad se cumple solicitando el Documento Nacional de Identidad a quienes demanden el consumo de bebidas alcohólicas.

No habiéndose infringido el principio de tipicidad, tampoco la sanción incumple el principio de proporcionalidad. La cometida es una infracción muy grave, – el incumplimiento de la prohibición de venta, suministro o dispensación a menores-, y la horquilla en la que se puede imponer la sanción va de los 30.000 a los 600.000 euros. En el caso se ha impuesto la multa en grado mínimo.

Recuerda la sentencia que solo con la imposición de este tipo de multas se puede cumplir con el objetivo último de la Ley, el de evitar el fenómeno del consumo abusivo de bebidas alcohólicas, fundamentalmente por los jóvenes y de manera primordial durante los fines de semana. Aunque otras Comunidades Autónomas han regulado la materia y tipificado las infracciones y sanciones con mayor o menor dureza, el objetivo es común: el reproche rotundo a la venta de alcohol a menores.