¿ Puedo negarme a realizar la prueba de alcoholemia?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que aunque la ley califica esta prueba de obligatoria, el Tribunal Constitucional ha reiterado que no puede ser impuesta coercitivamente mediante la vis física. Sin embargo, la negativa a someterse a la prueba de alcoholemia puede tener las siguientes consecuencias:

a) Efectos procesales: El Tribunal Constitucional ha manifestado reiteradamente que la negativo puede fundamentar indicios de responsabilidad ( Tco 16-2-86).

b) Efectos sancionadores: Hasta la entrada en vigor del vigente Código Penal, el hecho estaba sancionado administrativamente, aunque en alguna sentencia llegó a condenarse como una falta de desobediencia leve.

El vigente Código Penal introdujo un cambio radical en este punto al considerar delito la negativa a someterse a las pruebas de detección de alcohol u otras sustancias de efectos similares.

No deja de sorprender a gran parte de la doctrina que la pena prevista para este delito sea superior a la pena que se aplica al que demostradamente conduce bajo influencia del alcohol.

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