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El otorgamiento del trámite de alegaciones debe operar como un derecho en beneficio del contribuyente

Destierra el Supremo la idea de que la Administración tributaria pueda otorgar sin justificación, un plazo mayor o menor, atendiendo, por ejemplo, al estado de tramitación del procedimiento, según las necesidades para culminarlo en plazo.

 

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Derecho a obtener las autorizaciones para VTC solicitadas por no existir regulación en cuanto a su limitación

A la fecha de la solicitud no había entrado en vigor el RD 1057/2015, y no resultaba de aplicación el anterior, que contemplaba una limitación cuantitativa, por haber sido derogado por la Ley 25/2009.

TSJ Castilla-La Mancha, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 21/2019, 11 Feb. Rec. 161/2017

La Sala concede 10 licencias de VTC porque al tiempo de la solicitud aun no existía el desarrollo reglamentario que en la actualidad impone limitaciones cuantitativas al otorgamiento de nuevas autorizaciones para el ejercicio de esta actividad de transporte.

Sigue la sentencia la doctrina del Supremo que en su sentencia de 25 de enero de 2016 dispuso que las normas reglamentarias invocadas por la Administración están derogadas hasta que vuelvan a aprobarse y publicarse nuevas.

Tal y como defiende la entidad solicitante en el caso resulta indebida la aplicación de la limitación del artículo 14.1 de la Orden FOM 36/2008 y el régimen posterior a la Ley 9/2013 que posibilita las restricciones en el otorgamiento de autorizaciones solicitadas con posterioridad a su entrada en vigor, ya que no cabe aplicar una norma no existente a fecha de la solicitud de las autorizaciones de transporte.

La denegación de las autorizaciones se fundamentó en la aplicación entre otros, del artículo 181 del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre; del artículo 11 de la Orden del Ministerio de Fomento FOM/36/2008 que lo desarrolla, preceptos que están derogados al tiempo de la solicitud de las autorizaciones de transporte.

Concluye el TSJ que siendo la fecha de solicitud de 17 de noviembre de 2015, y no existiendo para entonces desarrollo reglamentario, porque el RD1057/2015, publicado en el BOE de 20 de noviembre de 2015, entró en vigor al día siguiente de su publicación, la norma no resulta de aplicación y deben concederse las autorizaciones de transporte para vehículos de arrendamiento con conductor (VTC-N).

El Supremo rechaza el control de Hacienda para recabar información de letrados y procuradores en todos los procedimientos judiciales de 2014 a 2016

  • La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por el Consejo General de la Abogacía contra el Acuerdo de 20 de julio de 2017, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, que dio un visto bueno parcial a la petición formulada por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria de información relativa a la participación de abogados y procuradores en todos los procedimientos judiciales durante los años 2014, 2015 y 2016, al no ser dicho acuerdo conforme a Derecho.

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El Tribunal Supremo confirma la sanción de un millón de euros a Gas Natural por no cumplir el procedimiento legal en los cortes de suministro en caso de impago

La sentencia señala que la compañía eléctrica no requirió el pago de las facturas a los clientes morosos entre el 1 de mayo y el 1 de septiembre de 2010 ni precisó el día a partir del cual se produciría el corte de suministro.

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El Supremo da la razón a Ingenieros Técnicos e Ingenieros en la posibilidad de realizar los Informes de Evaluación de Edificios

El Tribunal Supremo, en su sentencia n. 2765/2016, da la razón a los Ingenieros Técnicos e Ingenieros en su capacidad legal para la realización de los Informes de Evaluación de Edificios.

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Responsabilidad de la Administración por las lesiones causadas a la enfermera por la agresión de un paciente psiquiátrico

TSJ Aragón, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 650/2015, 9 Dic. Recurso 274/2013

Se reclama responsabilidad patrimonial a la Diputación General de Aragón por las lesiones sufridas por una auxiliar de enfermería a manos de un paciente psiquiátrico sobre el que no había sido avisada de su especial peligrosidad.

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