¿Te acaba de llegar una demanda de modificación de medidas y no sabes que hacer?

 

Supongamos que acabas de recibir en casa o en cualquier otro lugar, una notificación del juzgado en el que te emplazan para contestar a una demanda de modificación de medidas.

En primer lugar tienes que tener claro que significa emplazar.  Según el diccionario de la Real Academia Española, emplazar significa dar a alguien un tiempo determinado para la ejecución de algo, o citar a alguien en determinado lugar y tiempo.

Con esta definición ya nos podemos hacer una idea, de en qué consiste la notificación que acabas de recibir.

Lo que se te está indicando es que dispones de un plazo de veinte días para contestar a la demanda que te acaba de llegar.

¿Qué días hay que contar?

Se tratan de días hábiles, por los que hay que descontar los sábados y domingos así como los días festivos.

¿Es obligatorio contestar  a la demanda?

En el supuesto de recibir una demanda, el demandado tiene la opción de contestar y defenderse, la opción de  reconvenir que es contestar y “ contraatacar”  para que nos entendamos o la opción de no contestar y que nos declaren en rebeldía.

Es importante que si la intención es la de reconvenir, por ejemplo supongamos que la otra parte te demanda para modificar la pensión de alimentos en el sentido de disminuir la cantidad de la misma , y tú quieres solicitar una modificación pero en el sentido de que se aumente la misma, o por ejemplo quieres modificar una medida no solicitada por la otra parte, es importante tener en cuenta que el tiempo para la reconvención es menor.

En estos supuestos es importante contactar con un abogado en el menor tiempo posible, pues lo plazos para la reconvención son menores que para la contestación a la demanda.

En definitiva si te llega una demanda de modificación de medidas, tienes que tener claro, que es un procedimiento judicial en el que se está solicitando una modificación de las medidas acordadas en la sentencia de divorcio o separación , y que dispones de un plazo de 20 días para contestar a la demanda, o un plazo menor si es para reconvenir, así que lo más adecuado será que contactes con un abogado especialista en la materia en la mayor brevedad posible.

¿ es necesario contar con abogado para el procedimiento de modificación de medidas

Sí ya que es preceptiva la intervención de abogado que defienda los intereses de la parte y la representación a través de procurador, esto no es una opción del demandado, sino que viene impuesto de manera imperativa por la Ley de Enjuiciamiento Civil.