1.- ¿Qué es el salario?
De las cantidades que se perciben en la nómina ¿Cuáles son las que te corresponde por la realización del trabajo y cuáles no?
En términos sencillos, podemos decir que el salario es todo lo que recibes a cambio de tu trabajo, independientemente que sea en dinero o en especie.
Por ejemplo:
Si trabajas en una tienda y te abonan una nómina de 1200 euros al mes, ese sería el salario pero si además te dan un vale para la comida de 200 euros al mes, eso también cuenta como salario (en este caso en especie) siempre y cuando no supere el límite establecido en el Estatuto de los Trabajadores del 30%.
Podemos definir el salario como la totalidad de las percepciones económicas que recibe un trabajador en dinero o en especie por la prestación de sus servicios laborales por cuenta ajena, ya sea por trabajo efectivo o por períodos de descanso computables como de trabajo. El artículo 26.1 del Estatuto de los Trabajadores se presume como salario, salvo prueba en contrario que demuestre su carácter extrasalarial. De ahí se desprende que la carga de la prueba de que un concepto no forma parte del salario le corresponde a quien lo alega, de ahí la importancia de documentar por escrito adecuadamente cualquier concepto que se considere no salarial.
2.- ¿Qué proporción del salario puede ser abonado en especie?
Existe el límite del 30% para las percepciones en especie del salario.
3.- ¿Qué conceptos se consideran extrasalariales?
Todas aquellas cantidades que sean percibidas por el trabajador por parte del empresario y que no remuneren el trabajo como:
- Las cantidades que compensan o indemnizan al trabajador por los gastos ocasionados con motivo de su actividad laboral (se conoce como suplidos)
- Prestaciones e indemnizaciones a la Seguridad Social
- Las indemnizaciones correspondientes a traslados, suspensiones o despidos, que tienen por finalidad resarcir al trabajador del daño que se deriva de la modificación, suspensión o finalización de su relación laboral.
- No cabe el interés de mora previsto en el pago de los salarios.
4.- ¿Qué consecuencias tiene que se consideren extrasalariales?
La principal consecuencia es que las cantidades no computan a los efectos de indemnización por extinción del contrato ni a efectos de la determinación del salario por vacaciones, ni para el cálculo del incremento de la Incapacidad Temporal.
- No se benefician de las normas de protección y garantía del salario.
- Quedan excluidas de la responsabilidad solidaria que se impone al empresario principal en caso de contratas y subcontratas
- No se tienen en cuenta para el abono de las horas extraordinarias.
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