¿Necesitas apelar una sentencia civil? Aquí encontrarás las respuestas a las dudas más frecuentes.
📌 ¿Qué es el recurso de apelación?
Es un recurso ordinario, devolutivo y no suspensivo (por regla general), que permite a una parte pedir la revisión completa de una resolución dictada en primera instancia ante un tribunal superior.
🔎 No es un nuevo juicio, pero sí una revisión plena de lo resuelto.
🧾 ¿Qué resoluciones pueden apelarse?
✔ Sentencias dictadas en toda clase de juicios (salvo juicios verbales < 3.000 €).
✔ Autos definitivos, es decir, los que ponen fin al procedimiento o impiden su continuación.
✔ Autos previstos legalmente, como:
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Medidas cautelares (arts. 735-736 LEC)
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Denegación de ejecución provisional (art. 527.4 LEC)
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Sobreseimiento de ejecución (art. 695.4 LEC)
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Cuestiones de competencia (art. 66 LEC)
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Prejudicialidad penal o civil (art. 41 LEC)
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Entre otros casos recogidos en el art. 455.1 LEC
🏛️ ¿Qué revisa el tribunal de apelación?
🔍 El tribunal de segunda instancia puede revisar:
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La valoración de la prueba realizada en la instancia, con límites.
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La correcta aplicación del Derecho.
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La congruencia y fundamentación jurídica de la resolución.
Importante:
✖ No se pueden introducir cuestiones nuevas.
✔ Solo se revisa lo debatido en primera instancia.
⚖️ ¿Puede revisarse la prueba?
Sí, pero con limitaciones técnicas:
🟢 Se puede revisar:
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Documental
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Pericial
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Pruebas grabadas (audio/video)
🔴 No se puede revisar libremente:
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Valoración de testigos
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Declaraciones personales del juicio
🧠 Salvo que exista error manifiesto, contradicción o irracionalidad probatoria.
❗ ¿Se puede empeorar la sentencia en apelación?
No. El tribunal nunca puede agravar la situación del apelante si no ha habido recurso de la parte contraria.
📌 Principio de prohibición de la reformatio in peius:
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Garantía constitucional (art. 24 CE).
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Limita el ámbito del tribunal al contenido del recurso.
👥 ¿Quién puede apelar?
Solo quien tenga un interés legítimo y haya sufrido un perjuicio jurídico concreto.
✅ Ejemplos:
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Parte cuya pretensión fue desestimada total o parcialmente. ❌ No procede si:
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La sentencia fue totalmente favorable.
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El actor consintió la absolución de otro codemandado.
🔁 ¿Puede el apelado impugnar aspectos no favorables?
Sí. Debe hacerlo a través del escrito de impugnación (art. 465.4 LEC).
➡ Esto permite al tribunal revisar cuestiones desestimadas, sin incurrir en incongruencia.
📍 ¿Qué tribunal resuelve la apelación?
📌 Audiencia Provincial, si se recurre una resolución de juzgado de primera instancia.
📌 Juzgado de Primera Instancia, si se recurre una sentencia del juzgado de paz.
El tribunal se designa según la demarcación territorial (LOPJ art. 82.2.1º).
📝 ¿Cómo se interpone el recurso?
🔹 Plazo: 20 días hábiles desde la notificación.
🔹 Dónde: Ante el tribunal ad quem (nuevo modelo tras RDL 6/2023).
🔹 Contenido del escrito:
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Identificación de la resolución impugnada.
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Fundamentos jurídicos del recurso.
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Pronunciamientos impugnados.
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Cita de normas infringidas si se alega infracción procesal.
⚠ Falta de motivación o errores procesales pueden provocar la inadmisión del recurso.
⚠ ¿Puedo apelar por errores procesales?
Sí, si cumples estos requisitos (art. 459 LEC):
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Citas expresamente la norma procesal infringida.
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Acreditas la indefensión sufrida.
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Demuestras que denunciaste la infracción oportunamente en primera instancia.
⛔ ¿Qué resoluciones NO se pueden apelar?
🚫 Providencias o autos de mero trámite.
🚫 Auto que resuelve un recurso de reposición (salvo excepciones en ejecución).
🚫 Resoluciones basadas exclusivamente en criterios de equidad (art. 17.7 LPH).
🚫 Autos inadmitiendo incidentes de nulidad de actuaciones.
En todos estos casos, se cierran los cauces de impugnación en segunda instancia.
📊 ¿Qué impacto tiene interponer la apelación?
🔸 Se inicia la segunda instancia, con revisión completa o parcial.
🔸 La sentencia puede ser confirmada, revocada o modificada.
🔸 En algunos casos, no suspende la ejecución salvo que se acuerde expresamente.
🧠 Clave final: ¿Para qué sirve la apelación?
El recurso de apelación es una garantía esencial del derecho a la tutela judicial efectiva.
Permite al ciudadano o a las partes procesales corregir errores de hecho o de Derecho en el pronunciamiento judicial de instancia, dentro del marco legal, sin convertir la segunda instancia en un nuevo juicio.
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