Denegación de la custodia compartida al padre, camarero de profesión, cuyo horario laboral le impide cumplir con sus deberes parentales Texto

Audiencia Provincial Badajoz, Sentencia 9 Julio 2019

En sus circunstancias actuales no está garantizada la seguridad y estabilidad de los hijos. En alguna ocasión estos no han ido al colegio porque el padre se quedó dormido. Los menores viven con su madre desde la separación en un entorno plenamente satisfactorio.

Audiencia Provincial Badajoz, Sentencia 524/2019, 9 Jul. Recurso 341/2019

La sentencia de primera instancia estableció un régimen de custodia compartida a favor de ambos progenitores. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Badajoz estima el recurso de apelación presentado por la madre y deja sin efecto dicho sistema atribuyendo a la recurrente la guarda y custodia por ser lo más beneficioso para los hijos.

Para acordar esta custodia monoparental a favor de la madre la Sala tiene en cuenta la actividad laboral del padre.

Así, no pone en duda la idoneidad y capacidad de dicho progenitor para cuidar a sus hijos. El problema es el tiempo del que dispone por su situación laboral actual por ser camarero de profesión.

A la hora de establecer la guarda y custodia de los hijos de los litigantes ha de tenerse en cuenta la situación actual. Esto es, no es admisible especular sobre su situación laboral futura. Por ello, aun siendo buena la intención del padre cuando alega que acomodará su trabajo para hacerse cargo de sus hijos y removerá los obstáculos que sean necesarios para que su horario laboral le permita el pleno ejercicio y efectividad de la custodia, en la actualidad supone una contrariedad importante para afrontar con éxito la custodia compartida que solicita.

Es evidente que a día de hoy, al trabajar como camarero, su jornada laboral puede hacer difícil el cumplimiento de sus deberes parentales diarios. Incluso ha reconocido que en alguna ocasión sus hijos no han ido al colegio porque se había quedado dormido.

Atendiendo a todas estas circunstancia, la Audiencia concluye que, en el momento actual, la custodia compartida no parece el régimen más adecuado para los menores por no ofrecerles la necesaria seguridad y estabilidad.

Además, los niños han venido conviviendo con su madre desde la separación y lo hacen también con la pareja sentimental de ella y con su hermano de vínculo sencillo, todo ello en un entorno plenamente satisfactorio.