¿ Puede acceder al subsidio para trabajadores temporales previsto en el RDL 11/2020 cualquier trabajador con contrato temporal?

No, ya que existe un requisito temporal al tratarse de  un subsidio excepcional para personas trabajadoras que disfruten de un contrato temporal de al menos dos meses de duración que se haya extinguido después de la entrada en vigor del estado de alarma.