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Permiso retribuido por enfermedad: la empresa no tiene por qué exigir el parte de baja si no supera los 3 días

Resulta suficiente el justificante emitido por el Servicio Médico Público o Mutua, dependiendo de la contingencia; pues la clara diferenciación entre el hecho causante del permiso por enfermedad de la situación de IT implica que no son exigibles las formalidades propias de ésta al permiso retribuido.

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El TSJ de Madrid establece que las prestaciones por maternidad del INSS están exentas del IRPF

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dado la razón a una particular frente al Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, organismo que dictó una resolución anulando la exención en la autoliquidación de IRPF de la interesada de la prestación por maternidad con cargo al INSS. La mujer no incluyó en su declaración los 8,993,60 euros que percibió en el ejercicio de 2013 en concepto prestación por maternidad al considerar que estaba exenta. Por ese motivo, finalmente tuvo que abonar 361,13 euros, que el Tribunal ordena ahora que le sean reintegrados con sus correspondientes intereses legales.

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