Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sentencia 23 Noviembre 2018
En una solicitud de asilo, si bien las situaciones de violación sistemática o generalizada de los derechos humanos, en supuestos de especial gravedad no caben en el concepto de protección subsidiaria, sí pueden tener cabida en el concepto de razones humanitarias.