El cobro de la comisión no responde a un servicio al cliente ni a un gasto por verificarlo. Si se suma el interés de demora y la comisión discutida resulta una sanción civil o indemnización desproporcionada. La forma en que se redacta la cláusula permite a la entidad financiera interpretar unilateralmente su contenido. Igualmente, la cláusula conlleva la imposición al consumidor de un gasto de tramitación que por ley corresponde al empresario. Legitimación de la asociación de consumidores demandante para ejercitar la acción de cesación planteada.