Obligación de emitir pronunciamiento civil en vía penal con independencia del alcance de los daños, incluso aunque el resultado dañoso fuera atípico penalmente. El ejercicio simultáneo de la acción penal y civil es la norma general de nuestro sistema penal. La exclusión de esta simultaneidad provoca quiebra del derecho a la tutela judicial efectiva al obligar al perjudicado a un «peregrinaje jurisdiccional», es decir, a acudir a la vía civil para solicitar lo que le negó la penal. LEER MÁS «El TS fija doctrina legal sobre el ejercicio simultáneo de la acción penal y civil respecto a daños derivados del delito de conducción etílica»